sábado, 12 de diciembre de 2009
viernes, 4 de diciembre de 2009
RESOLUCION T.J.D. N° 3 / 2009
TORNEO APERTURA 2009 CYT “IVAN GAVILAN”
Asunción, 4 de Diciembre de 2009.-
VISTO: La planilla del juego de fecha 21 de Noviembre de 2009 entre los equipos “RIVER y WALTER FC” correspondiente a la 5ª Fecha de
C O N S I D E R A N D O:
El descargo grupal que presenta el equipo de River quienes integran Pablo Javier Ayala, Marcos Levy, Hugo Micheletto, Guido Micheletto, Sebastian Bedoya, Cesar Núñez, Victor Irrazabal: …. ” Según lo expresado en el informe de los veedores, que transcribo a continuación,
"A otros que pudimos identificar de la gresca son Cesar Nuñez, Javier Ayala, Sebastián Bedoya, Marcos Levi, Hugo Micheleto y Guido Micheleto quienes no colaboraron en apaciguar los ánimos, insultando e incitando a la agresión contra el mencionado árbitro y veedor de la mesa".
Una vez terminado el partido, todos los integrantes de los "dos equipos" se avalanzaron a
Por tanto, si tomaron esa determinación para sancionar a los integrantes de River Plate, porque no sancionaron de igual manera a los integrantes de Walter FC???
En el informe de los veedores tambien se expresa la conducta imprudente del arbitro.... y no se encuentra en
Según lo expresado en el informe de los veedores, que transcribo a continuación,
"a lo que el árbitro respondió en forma imprudente levantándose de la mesa y dirigiéndose al jugador José Gehrmann por los insultos recibidos".
Por tanto, solicitamos al Tribunal analizar de vuelta la situación con la defensa presentada y solicitamos rever la pena impuesta de 5 (cinco) partidos de suspensión y programar de vuelta el partido contra el equipo de AJAX, ya que este sería nuestro 2do. WO y asi no peder la categoría, ya que con los jugadores suspendidos no completariamos las proximas jornadas.
Asi mismo, aclarar que el compañero Victor Irrazabal, fue el unico que trato de controlarle y apaciguar los animos de nuestro Capitán, ya que era el unico que se encontraba en la mesa de control en dicho momento, por tanto, tambien solicitamos rever su sanción, ya que nos parece que interpretaron mal lo sucedido.
Además, solicitamos analizar el comportamiento del árbitro, tanto en el partido como posteriormente.”.…
Reconsiderando los descargos tanto de los veedores, árbitro, delegado e integrantes del equipo de River ya citados, el Tribunal de Justicia Deportiva dará las sanciones correspondientes según lo acontecido y respuesta a la solicitud hecha por parte de los integrantes del equipo de River.
Por tanto, en mérito a lo expuesto, y de conformidad al Reglamento del Torneo, el Tribunal de Justicia Deportiva (T.J.D.) del Torneo APERTURA 2009 CYT “IVAN GAVILAN”
R E S U E L V E:
1°) DECLARAR a) la conclusión del partido disputado en fecha 21 de Noviembre de 2009 entre los equipos RIVER Y WALTER FC de
b) el rechazo de la solicitud de reprogramar la fecha 6 la cual disputaron los equipos de AJAX Y RIVER. Considerando que cuentan con 11 jugadores habilitados para disputar el torneo.
2°) SUSPENDER: A los siguientes jugadores
José Gehrmann RIVER 20 (veinte) FECHAS
Víctor Irrazábal RIVER 15 (quince) FECHAS
Guillermo Torres RIVER 15 (quince) FECHAS
Cesar Nuñez RIVER 3 (tres) FECHAS
Javier Ayala RIVER 3 (tres) FECHAS
Sebastián Bedoya RIVER 3 (tres) FECHAS
Marcos Levi RIVER 3 (tres) FECHAS
Hugo Micheleto RIVER 3 (tres) FECHAS
Guido Micheleto RIVER 3 (tres) FECHAS
*rigiendo las suspensiones desde la 6ta fecha.
3º) MULTAS: cada jugador deberá abonar el monto de 5000 gs (cinco mil guaraníes) por fecha suspendida para estar habilitado luego de cumplir con las fechas de suspensión.
4º) ANOTAR, comunicar y archivar.
TRIBUNAL DE JUSTICIA DEPORTIVA
RESOLUCION T.J.D. N° 4 / 2009
TORNEO APERTURA 2009 CYT “IVAN GAVILAN”
Asunción, 4 de Diciembre de 2009.-
VISTO: La planilla del juego de fecha 28 de Noviembre de 2009 entre los equipos “EL PINCHA vs ARSENAL” correspondiente a la 6ª Fecha de
C O N S I D E R A N D O:
El informe del veedor fue “El jugador Sergio Mendoza con CI 4205363 no estaba en la lista de buena fe y participo igual del partido”
La protesta por parte del delegado de ARSENAL Daniel Viedma indica lo que sigue ” en mi carácter de Delegado del equipo Arsenal, para presentar, conforme a derecho, protesta formal y en tiempo (con el previo y obligatorio informe insertado en la planilla del partido), impugnando la validez del partido El Pincha vs Arsenal jugado el día Sábado 28 de noviembre de 2009, y en consecuencia, reclamar los tres (3) puntos que estuvieron en disputa en dicho encuentro futbolístico.
Un jugador del equipo El Pincha “Sergio Mendoza C.I.
De toda esta situación puede dar fe el veedor oficial del partido y la planilla de dicho encuentro”
Considerando el informe y protesta presentados al Tribunal, debe ser aplicada una sanción.
Por tanto, en mérito a lo expuesto, y de conformidad al Reglamento del Torneo, el Tribunal de Justicia Deportiva (T.J.D.) del Torneo APERTURA 2009 CYT “IVAN GAVILAN”
R E S U E L V E:
1°) DECLARAR a) la perdida de puntos del equipo EL PINCHA RATA porque el jugador Sergio Mendoza con CI 4205363 no esta inscripto dentro de la lista de buena fe, y adjudicándole los 3 puntos a ARSENAL.
2°) ANOTAR, comunicar y archivar.
TRIBUNAL DE JUSTICIA DEPORTIVA
RESOLUCION T.J.D. N° 5 / 2009
TORNEO APERTURA 2009 CYT “IVAN GAVILAN”
Asunción, 04 de Diciembre de 2009.-
VISTO: La planilla del juego de fecha 28 de Noviembre de 2009 entre los equipos “MAYONESA y SAO PAULO” correspondiente a la 6ª Fecha de
C O N S I D E R A N D O:
El veedor de dicho encuentro informa lo siguiente: “…El pasado 28 de noviembre del 2009 se disputó la 6ta fecha del torneo Apertura C y T “Iván Gavilán” en el campus de
El equipo Sao Paulo presento en la planilla de juego lo siguiente: “El jugador Nº 17 Alexis Orrego jugó sin presentar cédula y la cédula que se presento por él era de otra persona. En la lista figura la firma de 10 jugadores, y jugaron 11 contando con los cambios. Iniciaron 8 jugadores y luego ingresó el jugador citado, participando en la jugada del gol en el 2do tiempo. El numero 17 no está en la lista pero jugó. ”
Como anexo agregó el delegado de SAO PAULO, Diego Alvarez, el día miércoles 2 de diciembre ya incumpliendo el reglamento de tiempo de 2(dos) días de plazo para la entrega de protesta, lo siguiente: “Me dirijo a Ustedes, en mi carácter de Delegado del equipo Sao Paulo, para presentar, conforme a derecho, protesta formal y en tiempo (con el previo y obligatorio informe insertado en la planilla del partido), impugnando la validez del partido Sao Paulo vs Mayonesa jugado el día Sábado 28 de noviembre de 2009, y en consecuencia, reclamar los tres (3) puntos que estuvieron en disputa en dicho encuentro futbolístico.-----------------------------------------------------------------------------
HECHOS EN LOS QUE SE FUNDA
Un jugador del equipo Mayonesa se presentó cómo ALEXIS ORREGO y entró en el segundo tiempo del partido, sin presentar cédula que lo identifique ni firmar la planilla del partido.--------------------------------------------------------------------------------
En total se encontraban once (11) jugadores del equipo Mayonesa quienes entraron a disputar el partido al campo de juego en algún momento (de esto puede dar fe el veedor del partido), sin embargo en la planilla del equipo Mayonesa solo habían diez (10) jugadores firmantes, y el jugador con número de camiseta diecisiete (17) no se encontraba anotado, a dicho jugador lo identificaron luego como Alexis Orrego y cuando se pidió la cédula de Alexis Orrego, el equipo Mayonesa presentó una cédula de otra persona por lo que el veedor expresó que esa cédula no pertenecía al jugador citado.---------------------------------------------------------------------
Alexis Orrego entró en el segundo tiempo y participó en la jugada del gol, por lo cual es aun más grave su ingreso sin estar anotado en la planilla.--------------
Cuando terminó el encuentro se volvió a exigir (cómo corresponde) la cédula del jugador número diecisiete (17), a lo que se acercaron dos (2) representantes de Mayonesa a la mesa del veedor y presentaron una cédula de otro jugador, hecho que no supieron explicar, lo que condujo a contradicciones de los representantes del equipo Mayonesa. Luego, los mismos expresaron que nadie tenía forma de demostrar la acusación planteada, dando a entender que la irregularidad realmente existió.-----
La débil defensa que esgrimieron los representantes de Mayonesa se basó en que un jugador de nuestro equipo no contaba con el par de medias largas, sino uno de medias cortas, situación que no está prohibida pues el reglamento sólo habla del uso de medias deportivas (no especifica el tamaño o el largor), y que de ninguna manera puede influir en el resultado de un partido, pero no así en el caso de la tan importante participación (Alexis Orrego realizó el pase que derivó en el único gol del partido, y con el cuál finalmente Mayonesa ganó dicho partido) de un jugador que está inhabilitado para jugar.-----------------------------------------------------------------
De toda esta situación puede dar fe el veedor oficial del partido.----------------
DISPOSICIÓN REGLAMENTARIA EN QUE SE BASA
Esta protesta se funda en el incumplimiento, por parte del equipo Mayonesa, de los siguientes artículos del “Reglamento del Torneo Apertura de Fútbol Cyt 2009 ‘Iván Gavilán’”: -------------------------------------------------------------------------------------
· Capítulo VI, Artículo 15. CONSTANCIAS: “En las planillas de juego se hará constar cuanto sigue: Nombres y apellidos del jugador; con sus números de cédula de identidad...”.-----------------------------------------------------------------
· Capítulo VI, Artículo 16. PLAZO PARA
Considerando estos informes presentados al Tribunal, debe ser aplicada una sanción y pena por lo acontecido.
Por tanto, en mérito a lo expuesto, y de conformidad al Reglamento del Torneo, el Tribunal de Justicia Deportiva (T.J.D.) del Torneo APERTURA 2009 CYT “IVAN GAVILAN”
RESUELVE:
1) DECLARAR finalizado el encuentro disputado entre MAYONESA Y SAO PAULO, el resultado del partido fue de 1 (uno) a 0 (cero). Victoria del equipo de MAYONESA.
2) SUSPENDER: A los siguientes jugadores:
Juan Abdala Mayonesa 3(tres) FECHAS
Alexis Orrego Mayonesa 3(tres) FECHAS
3) MULTAS: cada jugador deberá abonar el monto de 5000 gs (cinco mil guaraníes) por fecha suspendida para estar habilitado luego de cumplir con las fechas de suspensión.
4) ANOTAR, comunicar y archivar.
TRIBUNAL DE JUSTICIA DEPORTIVA
jueves, 26 de noviembre de 2009
RESOLUCION T.J.D. N° 2 / 2009
RESOLUCION T.J.D. N° 2 / 2009
TORNEO APERTURA 2009 CYT “IVAN GAVILAN”
Asunción, 26 de Noviembre de 2009.-
VISTO: La planilla del juego de fecha 21 de Noviembre de 2009 entre los equipos “RIVER y WALTER FC” correspondiente a la 5ª Fecha de
C O N S I D E R A N D O:
Que en el partido entre los equipos de RIVER Y WALTER FC correspondiente a
Los veedores de dicho encuentro informan lo siguiente: “…El pasado 21 de noviembre del 2009 se disputó la 5ta fecha del torneo Apertura C y T “Iván Gavilán” en el campus de
El delegado del equipo de River José Gehrmann presenta su descargo informando que: “…El que suscribe, José Miguel Gehrmann Cañiza, estudiante de
En el campo de fútbol del Campus Universitario se ha desarrollado un Torneo de Fútbol organizado por el centro de estudiantes y del cual formaba parte el equipo “River” conformado por compañeros de
El día 21 del corriente mes, a las 14:50 Hs., se desarrolló el cotejo entre los equipos de River y Walter. El cotejo en su inicio se desarrolló sin ningún inconveniente, pero al transcurrir los minutos, el ambiente dentro del campo de juego fue caldeándose debido a los “desaciertos” del árbitro principal, el Señor Juan Godoy, a lo que se debe agregar el maltrato verbal dado por este Señor a los jugadores de mi equipo.
Lamentablemente estos errores han sido muy parciales, favoreciendo todos ellos al equipo rival, motivando esto que los jugadores del equipo de “River” fueran presos de los nervios, conllevando por consiguiente que el cotejo pase de ser una contienda caballeresca y de pasatiempo, a una casi agresión permanente entre los jugadores de ambos equipos. Bajo esa circunstancia, y debido a la manifiesta parcialidad del citado árbitro que en un momento dado dejó de cobrar una falta que merecía por lo menos una tarjeta amarilla al jugador contrario, motivó el descontrol del jugador Guillermo Torres el cual, preso del nerviosismo, le protestó al árbitro, quien en tono fuera de lugar, agredió verbalmente a dicho jugador lo que provocó un intento de agresión de éste último contra el citado árbitro. En este momento el mencionado juez dio por terminado el cotejo, momento que los jugadores de mi equipo quisieron ir todos contra el árbitro. En ese momento, en mi calidad de Delegado y conjuntamente con el compañero Víctor Irrazábal, llamamos a la cordura a mis compañeros, logrando tranquilizarlos, haciendo que se retiren al estacionamiento de vehículos.
Con posterioridad me acerqué pacíficamente a la mesa de control donde se encontraban los señores veedores y les manifesté nuestra inquietud y protesta por la actitud del citado árbitro, poniendo de resalto que en los 8 (ocho) años que estamos participando de las diversas actividades organizadas por los diferentes cursos y Centros de Estudiantes, jamás hemos tenido ningún comportamiento ajeno a las buenas costumbres, y que lamentablemente esto fue empañado por la actitud de este pseudo árbitro .
Este señor que en ese momento se encontraba a pasos de la mesa, habiendo escuchado nuestra posición, y como respuesta, me increpó violentamente, llegando incluso a desafiarme a una pelea, tirando el termo que tenía en la mano. En ese momento, y ante el peligro que presentaba este Señor por su prepotencia y descontrol, tuve que necesariamente defenderme de la agresión.
Es de mencionar que en ningún momento intenté agredir a nadie, es más, en todo el torneo de fútbol, no se me ha mostrado ni una sola amonestación, lo que avala lo mencionado. Además, como Delegado intervine para calmar a mis compañeros y que no agredieran al citado señor. De todo lo manifestado menciono como testigos a los miembros veedores de la mesa de control.
Por último debo manifestar que el compañero Víctor Irrazábal en ningún momento participó ni intentó siquiera mostrar alguna actitud violenta, sino al contrario, su participación fue para apaciguar los ánimos, lo que es natural a su persona.
Es de manifestar igualmente que lamento profundamente el haberme dejado llevar por el ofuscamiento producido por la actitud abiertamente hostil del anteriormente citado árbitro, que consiguió su objetivo de sacarme de mis casillas…”
Considerando estos informes presentados al Tribunal, debe ser aplicada una sanción y pena por lo acontecido.
Por tanto, en mérito a lo expuesto, y de conformidad al Reglamento del Torneo, el Tribunal de Justicia Deportiva (T.J.D.) del Torneo APERTURA 2009 CYT “IVAN GAVILAN”
R E S U E L V E:
1°) DECLARAR la conclusión del partido disputado en fecha 21 de Noviembre de 2009 entre los equipos RIVER Y WALTER FC de
2°) SUSPENDER: A los siguientes jugadores
José Gehrmann RIVER 20 (veinte) FECHAS
Víctor Irrazábal RIVER 15 (quince) FECHAS
Guillermo Torres RIVER 15 (quince) FECHAS
Cesar Nuñez RIVER 5 (cinco) FECHAS
Javier Ayala RIVER 5 (cinco) FECHAS
Sebastián Bedoya RIVER 5 (cinco) FECHAS
Marcos Levi RIVER 5 (cinco) FECHAS
Hugo Micheleto RIVER 5 (cinco) FECHAS
Guido Micheleto RIVER 5 (cinco) FECHAS
3º) MULTAS: cada jugador deberá abonar el monto de 5000 gs (cinco mil guaraníes) por fecha suspendida para estar habilitado luego de cumplir con las fechas de suspensión.
4º) ANOTAR, comunicar y archivar.
TRIBUNAL DE JUSTICIA DEPORTIVA